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Revista de prensa: VOZPÓPULI- Javier Ruiz- La Justicia condena al gobierno de Cospedal por “simulación de despido” y “recolocación diferida”

23 Abr 2013
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anula el ERE previsto en la GEACAM con el que la Junta pactó despedir a los fijos y contratarlos después como trabajadores eventuales. Se ha recurrido a la “simulación de extinción contractual” dice un fallo que concluye: “la creatividad tiene un límite claro en el contenido de la ley”.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado a la Junta que preside María Dolores de Cospedal por fraude de ley en el ERE que preparaba para los 1.789 trabajadores de la GEACAM (la empresa de Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha). La sentencia declara nulos todos y cada uno de los términos que la propia Cospedal usó en el PP para justificar otro despido, el de Luis Bárcenas. El Alto Tribunal reprocha a la Junta haber recurrido a la “simulación de extinción contractual” y a la “recolocación diferida” de algunos trabajadores y concluye: “la creatividad tiene un límite claro en el contenido de la ley”.

"La creatividad tiene un límite claro en el contenido de la ley", setencia el TSJ-CLM

A lo largo de 27 páginas, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anula el ERE previsto en la empresa pública dependiente del gobierno autonómico que ofrecía a los trabajadores despedirlos firmando el mismo día del cese un preacuerdo de incorporación como fijos discontinuos a la misma empresa. A cambio de conservar el puesto de trabajo, la Junta pretendía reducirles la jornada y el sueldo a un 66% en el primer año y un 75% en 2014 y 2015 y prometía readmitirlos a partir de 2016. “Bajo la apariencia de una extinción contractual” hay un “fraude de ley”, dice la Justicia.

La sentencia anula no sólo ese mecanismo sino también los eufemismos utilizados para disfrazarlo. Son nulas -concluye- “medidas denominadas como de ‘novación a empleo estable’ o de ‘recolocación diferida’ o ‘extinciones parciales”. “Realmente se trata de conversiones definitivas de contratos a tiempo completo en contratos a tiempo parcial o fijos discontinuos”, dictamina la sentencia. El fallo está cargado de amonestaciones a lo que describe como “peculiares construcciones” de la empresa dependiente del equipo de María Dolores de Cospedal.

El fallo tiene recorrido económico y político

El fallo es significativo no sólo por sus consecuencias económicas sino también por su carga política. En lo laboral, invalida un ERE que afectaba a más de 1.700 trabajadores de GEACAM, una empresa pública que se integra dentro del sector público regional.

Pero en lo político es todavía más significativa: primero porque cuestiona una de las bases de la reforma laboral del PP y segundo porque considera “fraudulentas” las explicaciones que el Partido Popular ha justificado para defender la fórmula de despido de su extesorero, Luis Bárcenas:

·         En primer lugar, puede abrir una vía para cuestionar los despidos en empresas públicas “cuyo único cliente” es el gobierno regional. “Bastaría una disminución temporal de las encomiendas, por parte de quien es su único cliente, para que apareciera una situación deficitaria”, el requisito necesario para justificar un ERE.

·         Además, el fallo desmonta cada una de las expresiones que la propia Cospedal utilizó para justificar el despido de Luis Bárcenas. Lo que el PP definió como una “indemnización que se pagaría en diferido en forma de simulación” es ahora declarada como una “actuación en fraude de ley”. Ese mecanismo –concluye el fallo— tiene “el propósito torticero de obtener una consecuencias que la auténtica realidad, no aparente, sino deliberadamente encubierta, no permitirían”. Según dijo la Secretaria General del PP en el mes de febrero, los equipos jurídicos del PP consideraron “perfectamente válidos” esos mecanismos en su momento.

La Junta de Castilla-La Mancha estudia ya la presentación de un recurso. 



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